RECAUDACIÓN

En esta sección podrá consultar la información para realizar diferentes trámites tributarios en el Ayuntamiento de Quijorna, así como descargarse las solicitudes necesarias para las gestiones requeridas.

Dirección: C/Navalcarnero, 20
Teléfono: 91 816 81 08/38 – ext. 4
Correo electrónico: recaudacion@aytoquijorna.org / recaudacion3@aytoquijorna.org


Calendario del contribuyente:

Entre los meses de abril y mayo (a definir fecha exacta en cada ejercicio):

  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
  • Tasa de Basuras Primer semestre
  • Tasa de Vados

Entre los meses de septiembre y octubre (a definir fecha exacta en cada ejercicio):

  • Tasa de Basuras Segundo semestre
  • IBI Urbana y Rústica
  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En caso de domiciliación de pagos, el alta o la modificación de cuentas se debe realizar dos meses antes del inicio del período de pago voluntario.

Trámites que puedes realizar:

Domiciliación bancaria de los tributos

La domiciliación bancaria supone el cargo, en los últimos días del periodo voluntario, del importe del recibo. (O.M. nº 46 Art. 12)

Los tributos municipales periódicos para los que se puede solicitar la domiciliación bancaria son:

  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
  • IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica).
  • IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).
  • VADO.
  • BASURA – TRSU (Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos).

Para ello dirigirán comunicación al órgano recaudatorio correspondiente al menos dos meses antes del comienzo del período recaudatorio. En otro caso, surtirán efectos a partir del período siguiente.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Liquidación y Gestión tributaria», en el trámite «Domiciliación bancaria» adjuntando la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento (C/Navalcarnero, 20).

Impresos:

Mod. 011 – Domiciliación bancaria

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Cambio de titularidad de las tasas

Podrán solicitar el cambio de titularidad de los recibos de las tasas de Vados y/o Basuras tanto el titular que quiera causar baja como el que desee causar alta en la tasa correspondiente. En ambos casos se notificará a las dos partes afectadas.

En caso de que el titular quiera causar baja deberá cumplimentar en su totalidad el modelo 014 – B.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Liquidación y Gestión Tributaria», adjuntando la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento (C/Navalcarnero, 20).

Impresos:

Mod. 014 – Solicitud de cambio de titularidad de las tasas

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Solicitud de fraccionamientos o aplazamientos

La solicitud de aplazamiento y fraccionamiento se dirigirá al Tesorero/a, a quien corresponde la apreciación de la situación económico-financiera del obligado al pago en relación a la posibilidad de satisfacer los débitos. (O.M. nº 46 Art. 23)

En caso de fraccionamiento:

  • Los plazos son consecutivos y comenzarán a contarse desde la fecha del acuerdo de concesión del aplazamiento o fraccionamiento.
  • El interesado deberá especificar el vencimiento de cada plazo (el día 5 o 20 de cada mes).
  • No podrán generarse recibos fraccionados de cuota inferior a 75€.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Recaudación», en el trámite «Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento de Obligaciones Tributarias» adjuntando la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento (C/Navalcarnero, 20).

Impresos:

Mod. 025 – Solicitud de fraccionamientos o aplazamientos

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana queda establecido en la Ordenanza Fiscal Municipal Nº 15.

Deberá presentarse solicitud en caso de transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de cualquier Derecho Real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.

Plazos:

  • Compraventa: 30 días hábiles desde la fecha de la escritura.
  • Sucesión: 6 meses desde el fallecimiento del causante, prorrogable a otros 6 meses, previa petición del interesado.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Secretaría general», en el trámite «Instancia general» adjuntando la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento (C/Navalcarnero, 20).

Documentación a aportar:

  1. Escrituras o documentación acreditativa de la transmisión.
  2. Solicitud

Impresos:

Mod. 026 – Solicitud de plusvalía (IVTNU)

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.