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Dirección: Plaza de la Iglesia, 1
Teléfono: 91 816 81 08/38 – ext. 1
Correo electrónico: informacion@aytoquijorna.org

Trámites Relacionados

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del apartado «Trámites destacados», en el trámite «Instancia General» adjuntando la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en el Ayuntamiento (Plaza de la Iglesia, 1).

Impreso:

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

SIR es la Oficina de Registro Virtual de Entidades, un sistema informático capaz de interconectar las oficinas de registro de las distintas administraciones públicas: estatal, autonómica y local. La Comunidad de Madrid es la primera región en la que se ha implantado esta interconexión que permite ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos.

Cualquier ciudadano o empresario que quiera registrar documentación con destino a cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE (la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y todos los ayuntamientos del territorio de la región), le permitirá la remisión de documentos electrónicos presentados originalmente en papel, y el intercambio de asientos registrales entre las Oficinas de Registro y los Organismos Competentes, con la consiguiente reducción en los tiempos de gestión.

La solicitud y toda la documentación que se acompañe, tiene que estar en formato A4, lo que permite escanear el papel que presenta el ciudadano en las oficinas de registro, aplicando la digitalización en los puestos de ventanilla, y enviando electrónicamente al instante la documentación al destino con plena validez jurídica. Dicha documentación en papel se devuelve al ciudadano, y no se custodia, ni se archiva, ya que se reenvía la imagen de los documentos. Esto supone un importante ahorro de costes y de tiempo, tanto para la Administración como para el ciudadano, ya que se reducen plazos de semanas a unos simples segundos.

Beneficios para el Ciudadano:

  • Mejora de los tiempos de respuesta. El asiento presentado puede estar en el organismo de destino  de inmediato.
  • Mejora de la información al ciudadano. El sistema pone a disposición de las administraciones un sistema de consulta  que le permite conocer, en cualquier momento, el estado de su registro a través de los mecanismos de traza.
  • Mejora de la relación AAPP – ciudadano. Gracias a las NTI de ORVE- SIR interconecta registros presenciales con registros electrónicos. El servicio y los beneficios de SIR aplican a todos los puntos de registro integrados, ofreciendo una respuesta unificada de la Administración.
    Este proyecto está ya plenamente operativo en la Comunidad de Madrid, en la que los ciudadanos y empresarios madrileños disponen ya de 568 oficinas de registro de todos los niveles administrativos,  incluyendo 237 oficinas de correos.

Servicio gratuito que permite a la Policía Local actuar de manera rápida y eficaz en caso de emergencia.
Este servicio de prevención, desarrollado con éxito en la Comunidad de Madrid, permite prevenir robos, incendios, inundaciones e incluso asistir emergencias sanitarias en personas de elevada edad.

Quienes estén interesados, deben comunicar la ausencia del domicilio o comercio, facilitando los datos de la persona a contactar en caso de incidencias. Se ofrece, asimismo, a los vecinos y comerciantes la posibilidad de entregar las llaves de su domicilio o local a la Policía Local para que ésta las custodie y pueda utilizar en caso de emergencia, robo o accidente; situación en la que inmediatamente se pondrían en contacto con el interesado o con la persona de contacto para comunicarle la incidencia.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Secretaría General», en el trámite «Instancia general» adjuntando el modelo de impreso municipal MOD 019 y la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en el Ayuntamiento (Plaza de la Iglesia, 1).

Impreso

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Para la utilización del salón de plenos para bodas civiles es necesario presentar:

  • Impreso de solicitud de utilización del salón de plenos.
  • Justificante de la liquidación de la tasa por utilización del salón de plenos.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Secretaría General», en el trámite «Instancia general» adjuntando el modelo de impreso municipal MOD 022 y la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en el Ayuntamiento (Plaza de la Iglesia, 1).

Impresos:

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Se instala en el Parque Virgen del Pilar los lunes y los jueves, en horario de 8 a 15 horas. Dispone de unos 5 puestos dedicados a la venta, con una oferta de productos: textiles, calzado, complementos, frutas y verduras, frutos secos y variantes.

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del catálogo de trámites en la materia «Venta ambulante», en el trámite «Solicitud de Autorización para el Ejercicio de Venta Ambulante» adjuntando el modelo de impreso municipal MOD 022 y la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en el Ayuntamiento (Plaza de la Iglesia, 1).

Nota:

La renovación del puesto ambulante en el mercadillo deberá realizarse antes del 31 de diciembre por registro de entrada.

Impresos:

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Puestos que se instalan con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales de la Virgen del Pilar (Octubre).

Tramitación:

  • Electrónica: con DNI electrónico, certificado o clave pin en la Oficina virtual del Ayuntamiento en el siguiente enlace https://aytoquijorna.sedelectronica.es/, dentro del apartado «Trámites destacados», en el trámite «Instancia General» adjuntando el modelo de impreso municipal MOD 009 Y la documentación a aportar, según el caso, en los apartados habilitados para la misma dentro del trámite.
  • Presencial: en el Ayuntamiento (Plaza de la Iglesia, 1).

Impresos:

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
1) Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
2) Abrir el Adobe Acrobat desde el equipo.
3) Abrir el formulario y rellenar los campos.
4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

El Registro Municipal de Uniones de Hecho se rige por la ley 11/2001 de 19 de diciembre de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y el Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Quijorna aprobado en sesión de fecha 9 de marzo de 1994.

Artículo 8 de la ley 11/2001. Normativa de Derecho Público: los derechos y obligaciones establecidos en la normativa madrileña de Derecho Público para los miembros de parejas que hayan contraído matrimonio, serán de aplicación a los miembros de la unión de hecho, en especial a materia presupuestaria, de subvenciones y de tributos propios.

Requisitos y documentación necesaria

No podrán inscribirse como parejas de hecho en el Registro de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Quijorna:

  • Los menores de edad no emancipados y las personas afectadas por una deficiencia psíquica incapacitadas por sentencia legal.
  • Las personas ligadas por el vínculo del matrimonio no separadas judicialmente.
  • Las personas que formen una unión estable con otras personas.
  • Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.
  • Los parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.

Se presentará en original y fotocopia la siguiente documentación:

  1. Solicitud de inscripción de la Unión de Hecho.
  2. Declaración conjunta (modelo oficial) relativa a la capacidad de obrar y a la inexistencia de parentesco, inexistencia de vínculo matrimonial subsistente, inexistencia de otra unión estable u otra pareja de hecho y declaración de convivencia durante los últimos 12 meses.
  3. Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor de los solicitantes.
  4. Certificado de empadronamiento de los solicitantes.
  5. Acreditación de emancipación (menores de edad emancipados).
  6. Para acreditar el estado civil certificado (estos documentos se expiden en el Registro Civil), además:
    • Para españoles:
      • Divorciados, anulados o separados judicialmente: certificado literal del matrimonio anterior con anotación marginal del divorcio.
      • Viudos: certificado literal del matrimonio anterior y certificado literal del cónyuge fallecido.
    • Para extranjeros:
      • Divorciados, anulados o separados judicialmente: certificado literal del matrimonio anterior con anotación marginal del divorcio.
      • Viudos: certificado literal del matrimonio anterior y certificado literal del cónyuge fallecido.
      • Solteros: certificado de capacidad matrimonial o de soltería, según establezca la Ley de su país.
  7. Declaración jurada de los dos testigos y fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de residencia en vigor de ambos testigos. Esta documentación no será necesaria en los casos en los que los miembros de la pareja de hecho lleven más de un año empadronados juntos en el mismo domicilio en Quijorna.
  8. Si la unión ya estuviese registrada en otro municipio o Comunidad Autónoma, certificación del registro correspondiente de cancelación de dicha inscripción.

El original de la documentación extranjera o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España debe estar debidamente legalizada (la legalización solo se podrá llevar a cabo por la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de Españoles en el Extranjero del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación salvo en el caso que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito). Solo se aceptará documentación original.

Todos los documentos expedidos en un idioma que no sea el castellano, deberán ser traducidos por Traductor/a – Interprete Jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (para ello puedes consultar el listado de traductores – interpretes jurados en ejercicio en www.maec.es y a su vez las embajadas, consulados y notarías disponen de traductores – interpretes jurados habilitados para tal fin).

Los certificados tendrán una validez de tres meses desde su expedición, teniendo que cumplir con este requisito de validez en la fecha de presentación de la solicitud de cita para Inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.

Los impresos son de cumplimentación electrónica. Para ello, es imprescindible tener instalado en el equipo el programa gratuito: Acrobat Reader.

MUY IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, se debe:
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4) Firmar el formulario y guardar los cambios. El programa permite firmar de distintas maneras: mediante certificado electrónico, texto, dibujo a mano, o imagen.

Este trámite debe realizarse de forma presencial (la pareja) en las oficinas del Ayuntamiento de Quijorna en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.

En el caso en que los miembros de la pareja de hecho lleven menos de un año de convivencia deberán acudir acompañados de sus dos testigos.

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